Principios Fundamentales de las Estadísticas Oficiales
Comisión de Estadística de las Naciones Unidas, 1994 (http://unstats.un.org/unsd/methods/statorg/default.htm)
Principio 1 Relevancia, imparcialidad e igualdad de acceso
Las estadísticas oficiales constituyen un elemento indispensable en el sistema de información de una sociedad democrática, ofreciendo al gobierno, a la economía y al público datos sobre la situación económica, demográfica social y ambiental. Con esta finalidad, los órganos oficiales de estadística deben producir y divulgar, de forma imparcial, estadísticas de utilidad práctica comprobada, para honrar el derecho del ciudadano a la información pública.
Principio 2 Padrones profesionales y ética
Para mantener la confianza en las estadísticas oficiales, los órganos de estadística deben tomar decisiones, de acuerdo con consideraciones estrictamente profesionales, ahí incluidos los principios científicos y la ética profesional, para la elección de los métodos y procedimientos de recolección, procesamiento, almacenamiento y divulgación de los datos estadísticos.
Principio 3 Responsabilidad y transparencia
Para facilitar una interpretación correcta de los datos, los órganos de estadística deben presentar informaciones de acuerdo con normas científicas sobre fuentes, métodos y procedimientos estadísticos.
Principio 4 Protección contra el mal uso de los datos
Los órganos de estadística tienen derecho a comentar interpretaciones equivocadas y utilización indebida de las estadísticas.
Principio 5 Eficiencia
Los datos utilizados para fines estadísticos se pueden obtener a partir de diversos tipos de fuentes, sean encuestas estadísticas o registros administrativos. Los órganos de estadística deben elegir las fuentes teniendo en cuenta la calidad, oportunidad, costos y encargos para los informantes.
Principio 6 Confidencialidad
Los datos individuales recolectados por los órganos de estadística para elaboración de estadísticas, sean referentes a personas físicas o jurídicas, deben ser estrictamente confidenciales y utilizados exclusivamente para fines estadísticos.
Principio 7 Legislación
Las leyes, reglamentos y medidas que rigen la operación de los sistemas estadísticos deben ser de conocimiento público.
Principio 8 Coordinación nacional
La coordinación entre los órganos de estadística de un país es indispensable para la coherencia y eficiencia en el sistema estadístico.
Principio 9 Uso de padrones internacionales
La utilización de conceptos, clasificaciones y métodos internacionales por los órganos de estadística de cada país promueve la coherencia y la eficiencia de los sistemas de estadística en todos los niveles oficiales.
Principio 10 Cooperación internacional
La cooperación bilateral y multilateral en el ámbito de la estadística contribuye a la mejoría de las estadísticas oficiales en todos los países.